Para prevenir la propagación de la enfermedad respiratoria aguda COVID-19 causada por el coronavirus SARS-CoV-2 en Ucrania, el Gabinete de Ministros de Ucrania con el Decreto № 583 del 02 de junio de 2021 modificó el Decreto del Gabinete de Ministros del 9 de diciembre de 2020 № 1236.
Desde el 09.06.2021 los extranjeros y apátridas pueden cruzar la frontera estatal para ingresar a Ucrania, siempre que tengan una póliza (certificado) vigente de seguro emitido por una compañía de seguros registrada en Ucrania o una extranjera con representación en Ucrania o con una relación contractual con compañía de seguros de Ucrania, siempre y cuando se cubre los costos asociados con el tratamiento de COVID-19, observación, y es válido durante el período de estadía en Ucrania, así como uno de esos documentos emitidos en inglés o con una traducción al inglés:
un resultado negativo de la prueba PCR de COVID-19 o la prueba rápida para determinación del antígeno del coronavirus SARS-CoV-2, realizada previamente, pero no más que 72 horas antes del ingreso a Ucrania.
un documento que confirma la recepción del curso completo de vacunación contra COVID-19 con las vacunas incluidas en la lista de uso en emergencias de la OMS.
Siguen siendo válidos las normativas correspondientes a:
- categorías de extranjeros y apátridas a quienes no se aplican estos requisitos.
- prohibición de ingreso a Ucrania de extranjeros procedentes de la República de la India.