Para prevenir la propagación de la enfermedad respiratoria aguda COVID-19 causada por el coronavirus SARS-CoV-2 en Ucrania, el Gabinete de Ministros de Ucrania con el Decreto № 230 del 22 de marzo de 2021 modificó el Decreto del Gabinete de Ministros del 9 de diciembre de 2020 № 1236.
De acuerdo con los cambios, al ingresar a Ucrania, los extranjeros, además de la póliza de seguro obligatoria, como se definió anteriormente, deben tener un resultado de prueba negativo para COVID-19.
Las pruebas deben realizarse mediante reacción en cadena de la polimerasa (PCR) a más tardar 72 horas antes de cruzar la frontera estatal de Ucrania.
En ausencia de una póliza (certificado, certificado) de seguro o un resultado negativo de la prueba de PCR en COVID-19, los empleados del Servicio Estatal de Guardia de Fronteras de Ucrania tienen derecho a negar a los extranjeros y apátridas que crucen la frontera estatal de Ucrania.
Los nuevos requisitos no se aplican a los representantes del cuerpo diplomático y sus familiares, así como a una serie de otras categorías de extranjeros, de acuerdo con las excepciones previstas por la Resolución del Gabinete de Ministros del 9 de diciembre de 2020 №1236.